Régimen Fiscal Especial de las Islas Baleares

La LPGE 2023 introduce una de las medidas más esperadas por los operadores económicos que desarrollan su actividad económica en las Islas Baleares, el Régimen Fiscal Especial de las Islas Baleares.

La finalidad del Régimen Fiscal Especial es reconocer el hecho específico y diferencial de la insularidad, estableciendo unas medidas de orden fiscal especiales que son dos:

– La Reserva por inversiones en Baleares.

-El Régimen Especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras.

El Régimen tiene carácter temporal y la vigencia es de 1 de enero de 2023 hasta 31 de diciembre de 2028.

RESERVA DE INVERSIONES

Se aprueba una reducción en la base imponible de los sujetos pasivos del impuesto de sociedades e IRNR. Esta reducción permite aminorar la base del impuesto, hasta un límite del 90% de la parte de las ganancias obtenidas procedentes de establecimientos situados en las Islas.

También se prevé que los contribuyentes de IRPF que realicen actividades económicas puedan tener acceso a ese beneficio fiscal.

Estas reducciones se obtienen a través de inversiones en:

-Adquisición de inmovilizado material o intangible, elementos patrimoniales que o contribuyan a la protección del medio ambiente, o gastos en innovación y desarrollo.

-Creación de puestos de trabajo relacionados de forma directa con las inversiones anteriores.

-Adquisición de participación o acciones de entidades que realicen las inversiones anteriores.

RÉGIMEN ESPECIAL POR EMPRESAS INDUSTRIALES, AGRÍCOLAS, GANADERAS Y PESQUERAS

Se aprueba una bonificación de la cuota del impuesto que se corresponda con rendimientos derivados de la venta de bienes corporales propios de las actividades industrial, agrícola, ganadera y pesquera.

La bonificación de la cuota será de un máximo del 10%, aunque se podrá ampliar hasta el 25% a aquellos períodos en que se haya producido un incremento de la plantilla media y se mantenga durante tres años.

La bonificación también será de aplicación por los contribuyentes de IRPF que tributen por estimación directa.

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